PL 135.20 · Artículo 135
Secuestro en segundo grado
El secuestro en segundo grado alega que una persona raptó a otra, restringiéndola con la intención de impedir su liberación ocultándola o reteniéndola donde es poco probable que la encuentren, o usando o amenazando con fuerza física letal.
¿Han arrestado a su ser querido o lo han puesto bajo custodia policial?
Envíenos un mensaje de texto inmediatamente · (845) 290-2492Lo que la fiscalía debe probar
- La persona acusada raptó a otra persona, según la definición de "raptar" del PL 135.00.
Defensas que normalmente aplican
- La restricción fue incidental a otro delito y no constituye un secuestro separado (doctrina de fusión).
- Falta de intención de impedir la liberación.
- La fiscalía debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable; las lagunas en las pruebas importan.
- Cuestionar la identificación, la credibilidad de los testigos y la fiabilidad de las declaraciones a la policía.
- Supresión de pruebas o declaraciones obtenidas en violación de los derechos constitucionales.
Sanciones y consecuencias adicionales
Un cargo de Delito grave de clase B conlleva una pena de hasta hasta 25 años de prisión estatal y una multa de hasta Hasta $5,000 o hasta el doble de la ganancia.
Es un delito grave violento.
Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.
Cargos relacionados
Áreas de práctica relacionadas
Defensa agresiva y experimentada para arrestos, investigaciones y cargos graves en los condados de Rockland, Orange y Westchester.
Desde delitos graves hasta delitos menores y violaciones, una ex fiscal a su lado desde la lectura de cargos hasta el veredicto.
Multas, suspensiones de licencia y audiencias del DMV — mantenga los puntos fuera de su récord y su licencia en su bolsillo.
