PL 121.12 · Artículo 121

Estrangulamiento en segundo grado

El estrangulamiento en segundo grado alega una obstrucción criminal de la respiración o la circulación que causó estupor, pérdida del conocimiento por cualquier período, u otra lesión o deterioro físico.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • La persona acusada cometió obstrucción criminal de la respiración o la circulación (PL 121.11).
  • La conducta causó estupor, pérdida del conocimiento u otra lesión o deterioro físico.

Defensas que normalmente aplican

  • Registros médicos que no respaldan la lesión o pérdida del conocimiento alegada.
  • Defensa propia y credibilidad del testigo denunciante.
  • La fiscalía debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable; las lagunas en las pruebas importan.
  • Cuestionar la identificación, la credibilidad de los testigos y la fiabilidad de las declaraciones a la policía.
  • Supresión de pruebas o declaraciones obtenidas en violación de los derechos constitucionales.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase D conlleva una pena de hasta hasta 7 años de prisión estatal y una multa de hasta Hasta $5,000 o hasta el doble de la ganancia.

Es un delito grave violento.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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