PL 210.45 · Artículo 210

Declaración falsa por escrito sujeta a sanción penal

Este cargo se refiere a una declaración falsa hecha a sabiendas en un documento que contiene una advertencia legalmente autorizada de que las declaraciones falsas están sujetas a sanción penal. Un error por sí solo no demuestra el delito; la fiscalía debe probar el conocimiento que exige la ley.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • La persona acusada hizo a sabiendas una declaración falsa que no creía verdadera.
  • La declaración figuraba en un documento escrito con una advertencia legalmente autorizada de que las declaraciones falsas en ese documento están sujetas a sanción penal.

Defensas que normalmente aplican

  • La declaración era verdadera o la persona acusada creía que lo era.
  • El documento no contenía la advertencia legal requerida.
  • La fiscalía debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable; las lagunas en las pruebas importan.
  • Cuestionar la identificación, la credibilidad de los testigos y la fiabilidad de las declaraciones a la policía.
  • Supresión de pruebas o declaraciones obtenidas en violación de los derechos constitucionales.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito menor de clase A conlleva una pena de hasta hasta 364 días y una multa de hasta Hasta $1,000 o hasta el doble de la ganancia.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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