PL 210.05 · Artículo 210

Perjurio en tercer grado

El perjurio en tercer grado alega que una persona juró en falso, es decir, hizo una declaración falsa bajo juramento que no creía verdadera.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • La persona acusada hizo una declaración bajo juramento.
  • La declaración era falsa y el acusado no creía que fuera verdadera.

Defensas que normalmente aplican

  • La declaración era verdadera, o el acusado creía que lo era.
  • Retractación en el mismo procedimiento antes de que se descubriera la falsedad (PL 210.25).
  • La fiscalía debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable; las lagunas en las pruebas importan.
  • Cuestionar la identificación, la credibilidad de los testigos y la fiabilidad de las declaraciones a la policía.
  • Supresión de pruebas o declaraciones obtenidas en violación de los derechos constitucionales.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito menor de clase A conlleva una pena de hasta hasta 364 días y una multa de hasta Hasta $1,000 o hasta el doble de la ganancia.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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