PL 205.30 · Artículo 205
Resistencia al arresto
La resistencia al arresto aplica cuando usted intenta a sabiendas impedir u obstruir que un oficial de policía realice un arresto.
¿Han arrestado a su ser querido o lo han puesto bajo custodia policial?
Envíenos un mensaje de texto inmediatamente · (845) 290-2492Lo que la fiscalía debe probar
- Usted sabía que la persona era un oficial de policía que intentaba un arresto.
- Actuó para impedir u obstruir ese arresto.
Defensas que normalmente aplican
- Usted no sabía que la persona era un oficial de policía.
- Usted no se resistió; el expediente no muestra obstrucción.
- El oficial no realizaba un arresto legal.
Sanciones y consecuencias adicionales
Un cargo de Delito menor de clase A conlleva una pena de hasta hasta 364 días y una multa de hasta Hasta $1,000.
Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.
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