PL 220.03 · Artículo 220

Posesión criminal de una sustancia controlada en séptimo grado

Es el cargo de posesión de drogas de nivel más bajo: poseer a sabiendas y de forma ilegal cualquier cantidad de una sustancia controlada. No aplica ningún umbral de peso.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted poseyó a sabiendas una sustancia controlada.
  • La posesión era ilegal: no tenía receta médica ni otra autorización legal.

Defensas que normalmente aplican

  • La sustancia no era una sustancia controlada, o el análisis no es confiable.
  • Usted no sabía de la presencia de la sustancia.
  • Usted tenía autorización legal para poseerla.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Infracción conlleva una pena de hasta hasta 15 días y una multa de hasta Hasta $250.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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