PL 145.10 · Artículo 145

Daño criminal a la propiedad en tercer grado

Este delito grave aplica cuando el daño supera los $250, o cuando la propiedad es un vehículo o ciertos artículos religiosos.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted dañó la propiedad de otra persona.
  • El daño superó los $250, o la propiedad pertenecía a una categoría prevista.

Defensas que normalmente aplican

  • El costo de reparación es menor a $250.
  • Usted tenía derecho a hacer el trabajo o el propietario consintió.
  • La estimación del daño carece de sustento.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase E conlleva una pena de hasta hasta 4 años y una multa de hasta Hasta $5,000.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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