PL 145.10 · Artículo 145
Daño criminal a la propiedad en tercer grado
Este delito grave aplica cuando el daño supera los $250, o cuando la propiedad es un vehículo o ciertos artículos religiosos.
¿Han arrestado a su ser querido o lo han puesto bajo custodia policial?
Envíenos un mensaje de texto inmediatamente · (845) 290-2492Lo que la fiscalía debe probar
- Usted dañó la propiedad de otra persona.
- El daño superó los $250, o la propiedad pertenecía a una categoría prevista.
Defensas que normalmente aplican
- El costo de reparación es menor a $250.
- Usted tenía derecho a hacer el trabajo o el propietario consintió.
- La estimación del daño carece de sustento.
Sanciones y consecuencias adicionales
Un cargo de Delito grave de clase E conlleva una pena de hasta hasta 4 años y una multa de hasta Hasta $5,000.
Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.
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