PL 155.40 · Artículo 155
Robo agravado en segundo grado
El robo agravado en segundo grado involucra propiedad de valor mayor a $50,000, o extorsión por los medios más graves.
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¿Han arrestado a su ser querido o lo han puesto bajo custodia policial?
Envíenos un mensaje de texto inmediatamente · (845) 290-2492Lo que la fiscalía debe probar
- Usted sustrajo propiedad.
- El valor superaba los $50,000, o la propiedad se obtuvo mediante extorsión por los medios más graves previstos en la ley.
- Tuvo intención de privar al propietario o de apropiarse.
Defensas que normalmente aplican
- La valuación está inflada o se basa en valor de reposición y no de mercado.
- La transacción fue una disputa comercial.
- Usted no tomó la propiedad.
Sanciones y consecuencias adicionales
Un cargo de Delito grave de clase C conlleva una pena de hasta hasta 15 años y una multa de hasta Hasta $5,000.
Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.
