PL 155.40 · Artículo 155

Robo agravado en segundo grado

El robo agravado en segundo grado involucra propiedad de valor mayor a $50,000, o extorsión por los medios más graves.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted sustrajo propiedad.
  • El valor superaba los $50,000, o la propiedad se obtuvo mediante extorsión por los medios más graves previstos en la ley.
  • Tuvo intención de privar al propietario o de apropiarse.

Defensas que normalmente aplican

  • La valuación está inflada o se basa en valor de reposición y no de mercado.
  • La transacción fue una disputa comercial.
  • Usted no tomó la propiedad.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase C conlleva una pena de hasta hasta 15 años y una multa de hasta Hasta $5,000.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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