PL 220.16 · Artículo 220

Posesión criminal de una sustancia controlada en tercer grado

Un delito grave serio que depende del peso — por ejemplo, dos onzas o más de una preparación narcótica, o diez gramos o más de cocaína.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted poseyó a sabiendas y de forma ilegal una sustancia controlada.
  • El peso alcanzó el umbral más alto que la ley especifica para este grado.

Defensas que normalmente aplican

  • El peso está mal calculado o se cuestiona el análisis de pureza.
  • Usted no poseía la sustancia.
  • El registro o la incautación fueron ilegales.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase B conlleva una pena de hasta hasta 25 años y una multa de hasta Hasta $5,000.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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