PL 220.16 · Artículo 220
Posesión criminal de una sustancia controlada en tercer grado
Un delito grave serio que depende del peso — por ejemplo, dos onzas o más de una preparación narcótica, o diez gramos o más de cocaína.
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Envíenos un mensaje de texto inmediatamente · (845) 290-2492Lo que la fiscalía debe probar
- Usted poseyó a sabiendas y de forma ilegal una sustancia controlada.
- El peso alcanzó el umbral más alto que la ley especifica para este grado.
Defensas que normalmente aplican
- El peso está mal calculado o se cuestiona el análisis de pureza.
- Usted no poseía la sustancia.
- El registro o la incautación fueron ilegales.
Sanciones y consecuencias adicionales
Un cargo de Delito grave de clase B conlleva una pena de hasta hasta 25 años y una multa de hasta Hasta $5,000.
Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.
