PL 220.31 · Artículo 220

Venta criminal de una sustancia controlada en quinto grado

Este delito grave aplica a la venta de una sustancia controlada de cualquier peso con intención de vender, o a la venta de cantidades previstas como 500 miligramos o más de cocaína.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted vendió una sustancia controlada, o la poseyó con intención de vender.
  • La sustancia y el peso cumplían los requisitos de este grado.

Defensas que normalmente aplican

  • La transacción no fue una venta: no hubo dinero ni intercambio.
  • El peso o el análisis no es confiable.
  • La transacción fue producto de un inducimiento policial.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase D conlleva una pena de hasta hasta 7 años y una multa de hasta Hasta $5,000.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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