PL 220.39 · Artículo 220
Venta criminal de una sustancia controlada en tercer grado
Un delito grave de venta serio provocado por el peso — por ejemplo, una octava parte de onza o más de cocaína en las circunstancias que la ley enumera.
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Envíenos un mensaje de texto inmediatamente · (845) 290-2492Lo que la fiscalía debe probar
- Usted vendió una sustancia controlada.
- El peso alcanzó el umbral de este grado.
Defensas que normalmente aplican
- El peso se cuestiona.
- No se realizó venta.
- La evidencia debe suprimirse.
Sanciones y consecuencias adicionales
Un cargo de Delito grave de clase B conlleva una pena de hasta hasta 25 años y una multa de hasta Hasta $5,000.
Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.
