PL 125.12 · Artículo 125

Homicidio vehicular en segundo grado

El homicidio vehicular en segundo grado alega un homicidio por negligencia criminal cometido mientras se conducía en violación de las leyes de DWI o de conducir drogado (VTL 1192), cuando la intoxicación causó la muerte.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • La persona acusada cometió homicidio por negligencia criminal.
  • Conducía un vehículo de motor (u otra embarcación o vehículo) en violación del VTL 1192(2), (2-a), (3), (4) o (4-a).
  • Como resultado de la intoxicación, condujo de una manera que causó la muerte.

Defensas que normalmente aplican

  • Cuestionar la exactitud de la prueba de aliento o de sangre y la legalidad de la detención o extracción de sangre.
  • Demostrar que la intoxicación no causó el choque.
  • La fiscalía debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable; las lagunas en las pruebas importan.
  • Cuestionar la identificación, la credibilidad de los testigos y la fiabilidad de las declaraciones a la policía.
  • Supresión de pruebas o declaraciones obtenidas en violación de los derechos constitucionales.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase D conlleva una pena de hasta hasta 7 años de prisión estatal y una multa de hasta Hasta $5,000 o hasta el doble de la ganancia.

Estos casos también conllevan la revocación de la licencia según la Ley de Vehículos y Tránsito.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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