PL 120.03 · Artículo 120

Agresión vehicular en segundo grado

La agresión vehicular en segundo grado alega que un conductor, intoxicado en violación del VTL 1192, causó lesiones físicas graves a otra persona con negligencia criminal.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Con negligencia criminal, la persona acusada causó lesiones físicas graves a otra persona.
  • La lesión se causó al conducir en violación del VTL 1192(2), (2-a), (3), (4) o (4-a).
  • Como resultado de la intoxicación, condujo de una manera que causó la lesión.

Defensas que normalmente aplican

  • Si la lesión califica legalmente como "lesión física grave".
  • Cuestionar las pruebas y si la intoxicación causó el choque.
  • La fiscalía debe probar cada elemento más allá de toda duda razonable; las lagunas en las pruebas importan.
  • Cuestionar la identificación, la credibilidad de los testigos y la fiabilidad de las declaraciones a la policía.
  • Supresión de pruebas o declaraciones obtenidas en violación de los derechos constitucionales.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase E conlleva una pena de hasta hasta 4 años de prisión estatal y una multa de hasta Hasta $5,000 o hasta el doble de la ganancia.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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