PL 215.56 · Artículo 215

Falla a la comparecencia en segundo grado

Este delito grave aplica cuando usted no se presenta a sabiendas mientras el cargo subyacente era un delito grave, o cuando la incomparecencia dura más de treinta días.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted fue liberado bajo fianza o su propia palabra en un caso que involucraba un delito grave, o su ausencia superó los treinta días.
  • No se presentó a sabiendas según se le requería.

Defensas que normalmente aplican

  • El cargo subyacente no era un delito grave al momento de la liberación.
  • Usted no conocía la obligación de comparecer.
  • La ausencia no fue voluntaria.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase E conlleva una pena de hasta hasta 4 años y una multa de hasta Hasta $5,000.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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