PL 120.10 · Artículo 120

Agresión en primer grado

La agresión en primer grado involucra los daños más graves: causar intencionalmente una lesión física grave con un arma mortal o instrumento peligroso, causar una lesión permanente, o actuar con indiferencia depravada hacia la vida humana.

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Lo que la fiscalía debe probar

  • Usted causó la lesión que exige el apartado imputado, generalmente una lesión física grave.
  • En la modalidad con arma, tuvo intención de causar una lesión grave y la produjo con un arma mortal o instrumento peligroso.
  • Otras modalidades exigen intención de causar el daño permanente previsto, o una conducta temeraria que genere un grave riesgo de muerte y demuestre indiferencia depravada hacia la vida.

Defensas que normalmente aplican

  • Las pruebas médicas no acreditan una lesión grave o permanente.
  • No se puede demostrar la intención requerida ni las circunstancias de indiferencia depravada.
  • El objeto señalado no es un arma mortal ni un instrumento peligroso.
  • Su uso de fuerza estuvo justificado.

Sanciones y consecuencias adicionales

Un cargo de Delito grave de clase B conlleva una pena de hasta hasta 25 años y una multa de hasta Hasta $5,000.

Es un delito grave violento. Veinticinco años es el máximo ordinario; el caso suele pasar de una lectura de cargos local al tribunal del condado.

Cada caso depende de sus propios hechos. La información de esta página es general y no constituye asesoría legal.

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